La Comunidad de Madrid ha anunciado restricciones a la movilidad en 37 áreas en función de una incidencia acumulada del COVID-19 en los últimos 14 días superior a 1.000 casos por 100.000 habitantes, la acumulada en los últimos 14 días con una tendencia estable o creciente y la contigüidad geográfica que facilite el control perimetral de la movilidad.
Ante la situación epidemiológica producida por la extensión del coronavirus COVID-19, el Gobierno de la Comunidad de Madrid ha ordenado el cierre durante 14 días de todos los centros educativos, desde las escuelas infantiles y los colegios a los institutos y las universidades, a partir de este miércoles 11 de marzo de 2020, como medida preventiva de carácter extraordinario y para intentar frenar el avance de la enfermedad.
Ante el impacto social de la medida el Gobierno de nuestra Comunidad Autónoma aconseja que se facilite la flexibilidad horaria para mejorar conciliación familiar en estas circunstancias, así como otras medidas entre las que se encuentra el teletrabajo, fomentar las reuniones por video conferencia, la continuidad de la formación online, así como la revisión y actualización de los planes de continuidad de la actividad laboral ante emergencias sanitarias.
En relación con estas medidas, y para el ámbito laboral, el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud recomienda:
a) Realización del teletrabajo siempre que sea posible.
b) Revisión y actualización de los planes de continuidad de la actividad laboral ante emergencias.
c) Flexibilidad horaria y plantear turnos escalonados para reducir las concentraciones de trabajadores.
d) Favorecer las reuniones por videoconferencia.
En virtud de lo anterior en el día de hoy esta Alcaldía ha dictado Instrucción al respecto del siguiente tenor:
“En consecuencia con la situación presente, el Ayuntamiento de Algete, ha determinado estudiar las diferentes áreas municipales para la implantación, en caso de necesidad, de cualquiera de las medidas que se relacionan a continuación:
- Cambios de turno, aunque los mismos no estén previstos en la jornada habitual de trabajo, como medida excepcional, tanto a solicitud de posibles trabajadores afectados como a propuesta de las jefaturas de servicio;
- Flexibilidad horaria, incluso turnos partidos de trabajo a instancia y bajo la supervisión de las diferentes jefaturas de área.
- Redistribución de los servicios y espacios de trabajo para contención de la propagación del virus.
- Reducción y/o modificación en los horarios de atención al público.
Ante esta situación, se insta a los responsables y/o jefes de área municipales a que comuniquen con carácter de urgencia a esta Alcaldía – Presidencia y a la Concejalía de Recursos Humanos, la propuesta de reorganización de trabajo que consideren necesaria en relación al servicio público que presta su área y a las circunstancias particulares del personal adscrito al mismo.”
Examinadas las propuestas de las diferentes jefaturas, esta Alcaldía ha
RESUELTO adoptar las siguientes medidas con carácter excepcional:
a) Vigencia:
Única.- Efectividad del presente acuerdo: Desde el día 12 de marzo de 2020 y durante quince días. Sin menoscabo de prórrogas u otras actuaciones conforme vaya evolucionando la situación.
b) Medidas de Comunicación:
Primero.- Se trasladará a la plantilla con la frecuencia debida toda la información oficial relativa al riesgo existente y la situación sanitaria que se está produciendo en el país y que están facilitando las autoridades sanitarias.
Segundo.- Se dará debida cuenta de todas las actuaciones que afecten a los vecinos a través de los canales habituales de información, haciendo hincapié en la vigencia de las medidas supeditadas a la evolución de la situación.
c) Medidas de organización del trabajo y flexibilidad en el cumplimiento de la jornada:
Primero.- Suspender las actividades de las escuelas municipales de cultura, las instalaciones y escuelas deportivas, la biblioteca pública municipal, y el conjunto de instalaciones dependientes del Ayuntamiento salvo las instalaciones de gestión administrativa, quedando los empleados públicos adscritos a los servicios que se suspenden, prestando servicio a puerta cerrada. La Concejalía del área determinará el horario más adecuado para la prestación del servicio con turnos escalonados para no hacer coincidir a los empleados públicos.
Segundo.- Acometer, de forma excepcional, las siguientes medidas:
- Mediante teletrabajo: el personal referenciado en la propuesta de la concejalía del área, y otro personal, con opciones mixtas de teletrabajo y jornada presencial.
- El resto del personal prestará sus servicios de forma ordinaria.
Área de calidad, recursos humanos y servicios generales: el personal adscrito a las distintas áreas, prestará el servicio de acuerdo con la propuesta realizada:
- Mediante teletrabajo: el personal referenciado en las propuestas de las jefaturas, y otro personal, con opciones mixtas de teletrabajo y jornada presencial
- El resto del personal prestará sus servicios de forma ordinaria.
- Mediante teletrabajo: El personal referenciado en las propuestas de las jefaturas, y otro personal, con opciones mixtas de teletrabajo y jornada presencial
- El resto del personal prestará sus servicios de forma ordinaria.
- El personal de brigadas de mantenimiento y jardines, realizará el servicio ordinario pudiendo establecerse turnos de trabajo de mañana y tarde.
- Mediante teletrabajo: el personal referenciado en las propuestas, y otro personal, con opciones mixtas de teletrabajo y jornada presencial.
- El resto del personal prestará sus servicios de forma ordinaria, supeditándolo a la no concatenación de personal y estableciendo turnos de trabajo de mañana o tarde que serán prestados por la misma persona con carácter mínimo semanal.
- Mediante teletrabajo: el personal referenciado en las propuestas, y otro personal, con opciones mixtas de teletrabajo y jornada presencial.
- El resto del personal prestará sus servicios de forma ordinaria, supeditándolo a no concatenación de personal y estableciendo turnos de trabajo de mañana o tarde que serán prestados por la misma persona con carácter mínimo semanal.
d) Medidas para promover la reducción del contacto social en nuestras instalaciones:
Primero.- Durante el período de medidas extraordinarias los empleados públicos deberán utilizar los dispositivos electrónicos hasta nueva orden.
Hasta nueva orden y para aquellos servicios que sean no coincidentes con la jornada laboral ordinaria del empleado público, se realizará por éstos, al término del tiempo de duración de las medidas, declaración con los horarios realizados.
Segundo.- Durante este periodo, se suspenden las citas y la atención presencial, en las diferentes áreas municipales. Únicamente se realizará registro en el servicio de atención al vecino, gestionándose el resto de tramitación de forma interna, de tal manera que se agilice la atención y la espera.
La atención al vecino será gestionada de tal manera que se extremen las medidas de higiene encaminadas a proteger del virus tanto a los empleados municipales como a los vecinos.
El acceso a la Casa Consistorial será uno a uno, debiendo esperar el turno de atención en la zona de acceso al edificio.
Tercero.- La demanda de información de los empleados públicos, de cualquier índole, se realizara por medios electrónicos o telefónicos, sin presencia física en las dependencias.
Cuarto.- Se reubicarán los puestos de presencia física de los empleados para evitar tener el menor contacto posible entre ellos.
Quinto.- Se insta al uso de medios electrónicos, en lugar de presenciales, para
relacionarse con esta administración.
Sexto.- Cancelación o aplazamiento de las reuniones con personal externo que no sean imprescindibles. Cancelación o aplazamiento de las jornadas técnicas.
Séptimo.- Se controlará el aforo en las reuniones internas utilizando las salas de reuniones en función del tamaño y del número de asistentes, de manera que se mantenga una distancia adecuada entre los convocados.
Octavo.- Se recomienda el uso de las escaleras y en todo caso se recomienda autolimitar el uso de los ascensores a un máximo de dos personas.
Noveno.- Se recomienda evitar concentraciones en las dependencias, así como acudir a la hora del desayuno a lugares donde no se pueda mantener una distancia adecuada, por lo que se podrá realizar el desayuno en el puesto de trabajo.
e) Medidas de higiene y limpieza en las instalaciones:
Primero.- Se están reforzando las tareas de limpieza en todas las instalaciones, especialmente en las salas de reuniones y lugares de concurrencia pública, en las salas de reuniones se realiza la limpieza y desinfección una vez termina cada reunión. Se están realizando tareas de higienización adicionales fuera del horario laboral.
Segundo.- Se están adquiriendo productos de higiene y desinfección, como geles desinfectantes para reponer los ya existentes. Además se instalarán dispensadores fijos de gel desinfectante en determinados espacios de tránsito común.
Tercero.- Se apela a la responsabilidad de todos en el uso de los materiales que el Ayuntamiento pone a disposición de todos como medida de higiene y limpieza, realizando un uso responsable de los mismos.
Cuarto.- Se reiteran las recomendaciones respecto a la protección e higiene de las autoridades sanitarias, extremar las medidas de higiene, lavarse las manos con frecuencia, al toser o estornudar es preciso cubrirse la boca y la nariz con el codo flexionado, utilizar pañuelos desechables y tirar después de su uso.
Último: publicar la presente Instrucción y darle la máxima difusión por los medios habituales.
Lo mandó y firmó, el Sr. Alcalde Presidente, en Algete, a fecha de firma, de lo que yo, el Secretario, tomo razón a los únicos efectos de dar fe pública y trascripción al libro de resoluciones.
Plaza de la Constitución, 1
28110 Algete, Madrid
Teléfono: 91 620 49 00
Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
El horario de atención al público en el Registro General del Ayuntamiento es:
Los días 13, 16, 23 y 30 de diciembre Registro permanecerá cerrado en horario de tarde