La principal novedad del Real Decreto es que se modula el uso de la mascarilla en el exterior, de manera que:
- Con carácter general, se ELIMINA la obligatoriedad de llevar mascarillas en espacios abiertos.
- Se mantiene su uso OBLIGATORIO para las personas de seis años, en adelante, en:
- Eventos multitudinarios que tienen lugar en espacios al aire libre cuando los asistentes estén de pie o, si están sentados, cuando no se pueda mantener una distancia de seguridad de al menos 1,5 metros entre personas o grupos de convivientes.
- Medios de transporte público, especificándose que esto incluye a andenes y estaciones de viajeros y teleféricos, así como en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio.
- En cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público.